Conocer el significado del término positivismo, lo primero que haremos es descubrir su origen etimológico. En este caso, cabe señalar que se trata de una palabra que procede del latín. Precisamente podemos indicar que es el resultado de la suma de varios componentes léxicos de esta lengua:
-El nombre yoque se puede traducir como “ley” o “derecho”.
-La palabra positivoque equivale a “alquilar explícitamente”.
-El sufijo -ismoque se utiliza para indicar “doctrina”.

El positivismo jurídico se basa en la separación entre ley y moral.
Concepto de positivismo
Se llama positivismo a una corriente filosófica desarrollada en el ámbito jurídico, basada en la separación entre los Derecho y la moral: para el iuspositivismo, no hay necesariamente un vínculo entre ambos.
Aunque existen diferentes enfoques y tendencias, en general se puede decir que el positivismo entiende el derecho como un conjunto de normas que el ser humano establece a través de estado. El proceso de determinación de las reglas, que permiten la organización de la sociedad y la disciplina del comportamiento individual, se desarrolla de acuerdo a los procedimientos formales que se consideren válidos.
El positivismo jurídico, por tanto, es diferente ley natural. Mientras que el iuspositivismo toma como fuente del derecho el ordenamiento jurídico escrito creado por el hombre que gobierna en un momento dado, el iusnaturalismo argumenta que existe una ley natural de naturaleza universal que es supralegal y que emana de la propia condición humana .

Para el positivismo lo importante son las propias leyes.
Puede utilizar: Amoral
Derecho y moral
Por el positivismo, no hay interpretación moral ni una consideración de lo correcto o incorrecto a la hora de aplicar una norma. Lo importante es la propia norma, establecida por ser humano directamente relacionados con determinados fenómenos sociales.
En este punto es importante tener en cuenta las diferencias mencionadas entre el derecho (según la concepción del positivismo jurídico) y el moral. El derecho positivista se centra en la conducta externa de las personas y es coercitivo (el Estado puede imponer su cumplimiento); la moral, en cambio, está ligada a las intenciones y autonomía de cada individuo y no es obligatoria. Así como las normas de derecho según el positivismo jurídico son objetivas, las normas morales son subjetivas.
Véase también: Consideración
Tipo de positivismo
Además de lo indicado, debemos establecer que dentro del positivismo jurídico existen, a su vez, diferentes tipologías, entre las que podemos destacar las siguientes:
– EL positivismo conceptual. También se conoce como positivismo metodológico y llega a establecer que el derecho está separado de la moral de una forma conceptual y que, por tanto, se puede analizar e identificar sin necesidad de recurrir a ella.
– EL positivismo ideológico es lo que determina que debe cumplirse y cumplir la ley. Y parte de una concepción muy precisa y firme de lo que es la justicia.
– EL positivismo lógicoque hace referencia a que la ciencia jurídica no es empírica sino normativa.
A lo largo de la historia son muchas las figuras que se han pronunciado en favor del positivismo y que lo han desarrollado o defendido. Entre ellos podemos destacar algunos como HLA Hart, Hans Kelsen, Juan Austin o el jurista alemán Rudolf von Ihering.
Continúa en: Justicia